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¿Es obligatorio un seguro para bicicletas eléctricas en 2025?

El uso de bicicletas eléctricas ha crecido de forma exponencial en los últimos años. Ya no es extraño verlas circular por las ciudades, por caminos rurales o incluso como vehículos principales para ir al trabajo. Este auge, sin embargo, ha generado también un mayor interés por parte de las administraciones públicas para regular su uso. Una de las preguntas más frecuentes entre quienes se plantean comprar una ebike o ya la utilizan es: ¿necesito contratar un seguro obligatorio para circular en 2025?

La respuesta corta es: depende del tipo de bicicleta eléctrica que tengas. En este artículo vamos a repasar qué dice la normativa actual y qué cambios se prevén en el ámbito europeo y nacional para este año, de forma clara, sin tecnicismos y con ejemplos concretos. También hablaremos de las excepciones, de las recomendaciones más sensatas y de qué podría cambiar en los próximos meses.


¿Qué es una bicicleta eléctrica según la normativa?

Antes de hablar de seguros, es fundamental aclarar qué se entiende por bicicleta eléctrica a efectos legales. No todas las bicis con motor son iguales, ni están sujetas a las mismas obligaciones.

Según la normativa europea (Reglamento UE 168/2013), existen dos tipos principales:

  1. EPAC o Pedelec (bicicleta de pedaleo asistido):
    • Motor de hasta 250 W de potencia.
    • Asistencia del motor solo cuando se pedalea.
    • El motor deja de ayudar al superar los 25 km/h.
  2. Speed Pedelec o bicicletas con mayor potencia:
    • Motor que supera los 250 W o que asiste por encima de 25 km/h.
    • Puede incluir acelerador independiente del pedaleo.

Las EPAC (el tipo más común que vemos en ciudad y montaña) son consideradas bicicletas a efectos legales. Las Speed Pedelec o similares, por el contrario, están clasificadas como ciclomotores.

Esta distinción es clave para entender qué tipo de ebike sí necesita seguro obligatorio y cuál no.


Entonces, ¿es obligatorio contratar un seguro en 2025?

La legislación no ha cambiado sustancialmente en 2025 en cuanto a la exigencia de un seguro obligatorio para todas las bicicletas eléctricas. Pero sí ha habido avances a nivel europeo y propuestas nacionales que pueden afectar a ciertos usuarios.

Casos en los que NO es obligatorio tener seguro (en 2025)

Si tienes una bicicleta eléctrica que cumple con los criterios de una EPAC (250 W, motor que asiste solo si pedaleas, corte a 25 km/h), no necesitas contratar un seguro obligatorio para circular por la vía pública en España. Es decir, tu ebike está considerada legalmente como una bicicleta convencional.

Este sigue siendo el caso en 2025, al menos por ahora. Puedes circular por carriles bici, calles, caminos rurales y otras vías habilitadas sin necesidad de un seguro obligatorio, matrícula ni licencia especial.

Casos en los que es obligatorio tener seguro

En cambio, si tienes una ebike que se considera ciclomotor (por potencia, velocidad o presencia de acelerador), sí estás obligado a contratar un seguro de responsabilidad civil, además de matricular el vehículo y llevar casco homologado.

Los casos más comunes en los que sí necesitas un seguro obligatorio en 2025 son:

  • Bicicletas con motores de más de 250 W.
  • Bicicletas que asisten al pedaleo a más de 25 km/h.
  • Bicicletas con acelerador que permite moverse sin pedalear.
  • Bicicletas eléctricas modificadas para superar los límites legales.

Estas bicicletas entran en otra categoría legal y deben cumplir con los mismos requisitos que los ciclomotores o scooters eléctricos.


¿Está previsto que el seguro sea obligatorio para todas las ebikes?

Esta es la gran pregunta, y la respuesta por ahora es no, pero puede cambiar en el futuro.

En junio de 2021, la Unión Europea aprobó una nueva Directiva (2021/2118) que modificaba algunas normativas de seguros para vehículos motorizados. Uno de los puntos más debatidos fue si incluir o no a las bicicletas eléctricas en la obligación de tener un seguro de responsabilidad civil.

Finalmente, se dejó en manos de los Estados miembros decidir si imponen esa obligación a los vehículos con pedaleo asistido. Es decir, España puede decidir por su cuenta si las ebikes (EPAC) deben o no asegurarse.

En 2025, el Gobierno español no ha hecho obligatorio el seguro para bicicletas eléctricas estándar. Sin embargo, algunas voces —especialmente desde asociaciones de víctimas de accidentes o seguros— han pedido que se valore esta posibilidad por motivos de seguridad y protección civil.

Por tanto, es importante estar atento a posibles reformas legales en los próximos años, pero a día de hoy no hay obligación general de contratar un seguro para una ebike legal.


¿Y si me lo exige mi municipio?

Algunos ayuntamientos pueden tener regulaciones específicas, sobre todo en zonas turísticas o con mucha densidad de tráfico ciclista. Por ejemplo, pueden establecer restricciones sobre por dónde circular, exigir casco en ciertas edades o incluso pedir identificadores para bicicletas de alquiler.

Pero ningún municipio puede imponer una obligación legal de contratar un seguro si la normativa estatal no lo exige. Sí pueden recomendarlo o establecer condiciones para servicios de alquiler, pero no obligar a un particular.


¿Qué cubre un seguro de bicicleta eléctrica?

Aunque no sea obligatorio en la mayoría de los casos, cada vez más ciclistas optan por contratar un seguro voluntario, especialmente si utilizan la ebike a diario o en ciudad.

Un seguro básico suele incluir:

  • Responsabilidad civil: cubre los daños que puedas causar a terceros, tanto personales como materiales.
  • Defensa jurídica: si estás implicado en un accidente.
  • Asistencia en viaje: por si la bici se avería lejos de casa.
  • Robo o hurto: cobertura frente a robos, aunque depende de las condiciones (muchos exigen candados homologados).
  • Daños propios: en caso de caídas, golpes o siniestros.

Hay opciones desde 20 o 30 euros anuales, y también coberturas más completas para ciclistas urbanos o deportivos.


¿Es buena idea asegurar mi ebike aunque no sea obligatorio?

La respuesta aquí es más personal. No hay una única respuesta válida, pero sí algunas preguntas clave que puedes hacerte:

  • ¿Utilizas la ebike a diario en ciudad?
  • ¿Circulas por zonas con mucho tráfico o peatones?
  • ¿Te mueves por caminos o senderos en los que podrías tener un accidente con terceros?
  • ¿Has invertido mucho dinero en tu bicicleta?
  • ¿Te preocupa que te la puedan robar?

Si respondes que sí a varias de estas preguntas, un seguro puede darte tranquilidad y evitarte problemas legales o económicos si alguna vez tienes un incidente.


¿Qué puede pasar si tengo un accidente y no tengo seguro?

En el caso de las ebikes consideradas bicicletas (EPAC), no tener un seguro no es ilegal, pero sí puedes enfrentarte a un problema si causas daños a otra persona.

Por ejemplo: atropellas a un peatón, te chocas con otro ciclista o dañas un coche estacionado. Si no tienes seguro, deberás hacerte cargo personalmente de los daños, que pueden llegar a ser cuantiosos.

En algunos casos, tu seguro del hogar podría cubrir la responsabilidad civil, pero es importante comprobarlo, ya que no todas las pólizas incluyen este tipo de situaciones.


En resumen: lo que debes saber para 2025

  • No necesitas seguro obligatorio si tu ebike es de tipo EPAC (250 W, hasta 25 km/h, sin acelerador).
  • Sí necesitas seguro si tu bici supera esos límites y se considera ciclomotor.
  • La normativa puede cambiar en el futuro, pero en 2025 no hay obligación general en España para bicicletas eléctricas legales.
  • Contratar un seguro voluntario es recomendable, sobre todo si usas tu ebike con frecuencia o en entornos urbanos.
  • Un accidente sin seguro puede tener consecuencias económicas graves.

Conclusión

El mundo de las bicicletas eléctricas está en plena evolución, tanto a nivel tecnológico como normativo. En 2025, aún puedes circular libremente sin necesidad de contratar un seguro obligatorio si tu bicicleta entra dentro de los parámetros legales establecidos para las EPAC. Sin embargo, la responsabilidad, la convivencia con otros usuarios de la vía y la protección propia son factores que conviene tener muy en cuenta.

Aunque no sea obligatorio, un seguro puede convertirse en una herramienta útil para rodar con más tranquilidad. Y en cualquier caso, mantenerse informado y actualizado sobre la normativa es tan importante como llevar el casco o revisar los frenos.

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